El APRE – Abono acumulado y anticipado para extranjeros de la prestación contributiva

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Cuando un trabajador extranjero en España tiene derecho a cobrar el paro por sus cotizaciones y desea regresar a su país, puede pedir el pago acumulado de su prestación.

 

¿Qué es el APRE?

 
El APRE también se conoce como el “Retorno Voluntario”.
Al igual que sucede con los trabajadores españoles, cuando un extranjero se queda sin trabajo en España puede tener derecho a cobrar el paro o un subsidio por desempleo, en función de las cotizaciones que con su contrato hubiera acumulado durante los últimos seis años. Si sus cotizaciones por desempleo a la Seguridad Social fueon más de 360 días, entonces podrá pedir la prestación contributiva por desempleo (+info)

Una vez que se le apruebe la prestación la puede cobrar en España mes a mes, o bien puede pedir que se lo paguen todo junto con el compromiso de regresar a su país de origen y no volver a trabajar en España durante un periodo de tres años.

Los requisitos para pedir el APRE, el pago único por retorno voluntario, son los siguientes:

  1. Tener la nacionalidad de un país que tenga Convenio bilateral con España en materia de Seguridad Social, como  Andorra, Argentina, Australia, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Ecuador, Estados Unidos, Federación Rusa, Filipinas, Japón, Marruecos, Méjico, Paraguay, Perú, República Dominicana, Túnez, Ucrania, Uruguay, Venezuela, El Salvador, República de Corea y República de Cabo Verde.
  2. Tener residencia legal en España.
  3. Estar en desempleo e inscrito como demandante de empleo (apuntado al paro).
  4. Tener reconocido el derecho a la prestación por desempleo de nivel contributivo, es decir, tener concedido el paro.  Aunque son dos trámites distintos (pedir el paro y pedir el pago acumulado por retorno voluntario), se pueden hacer los dos al mismo tiempo cuando vaya a la oficina de empleo. También, si primero pidió el paro, luego puede solicitar el APRE.
  5. Asumir el compromiso de retornar al país de origen en el plazo máximo de 30 días naturales contando a partir de la fecha del primer pago en España y el de no retornar a España en el plazo de tres años.
  6. No estar incurso en los supuestos de prohibición de salida del territorio nacional previstos en la legislación de extranjería.

Si el trabajador extranjero cumple todos esos requisitos, podrá solicitar el APRE,  el abono acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo.

Su prestación por desempleo se le pagará en dos plazos: 40% en España, cuando el Servicio Público de Empleo compruebe que todo está correcto y le apruebe el APRE y luego, una vez que se encuentre en su país de origen, se pagará el 60% que quedaba pendiente en un plazo entre 30 y 90 días, cuando el trabajador se presente en el  Consulado de España en su país.

 

Guía del retorno voluntario

 
Sobre todos estas cuestiones:

  • Documentación que hay que presentar para pedir el APRE
  • Impresos, folletos y documentación oficial del SEPE
  • Cómo se efectúa materialmente el pago
  • Otras ayudas para viaje y regreso (retorno humanitario o retorno productivo)
  • Cuestiones de doble nacionalidad o hijos españoles
  • Dudas y consultas.  Información oficial
  •  
    Respondemos en la guía que hemos preparado aquí: > “Retorno voluntario 2019 (+información)

     

    Ir a la Guía del Retorno Voluntario

     

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