En este artículo analizamos los casos de algunas personas que cobraban la RAI y recurrieron ante los Tribunales la pérdida de la ayuda por no renovar el paro.
La RAI ha quedado derogada desde el 1 de noviembre de 2024
Actualizado: 03/03/2025

Importante: la reforma de los subsidios del RDL 2/2024 derogó la RAI a partir del 01/11/2024. Es decir, a partir del 1 de noviembre de 2024 ya no se pueden solicitar nuevas RAI ni prórrogas de las antiguas, como explicamos en este artículo.
Eso si, las personas que ya tenían reconocida una RAI antes de la reforma, podrán seguir cobrándola, ya que la normativa permite que se les siga aplicando la legislación antigua hasta que terminen totalmente la duración de la ayuda.
Para las personas que mantienen una RAI con la normativa antigua publicamos la siguiente información:

No sellar el paro y sus consecuencias (en general)
En la guía “¿ Olvidaste sellar el paro? Consecuencias y consejos “ explicamos con detalle en qué consiste esta obligación y cuáles son las sanciones que aplican los Servicios Públicos de Empleo a quienes cobran subsidios y ayudas por desempleo y olvidan renovar el paro.
Si en 2025 ya no se puede pedir la RAI ¿qué ayuda la sustituye?
Hay muchas personas que quedan sin protección por la derogación de la RAI desde el 01/11/2024, por ejemplo las que iban a solicitar la ayuda por primera vez, o bien su segunda o tercera RAI renovadas. En estos casos, el gobierno ha previsto que sea el Ingreso Mínimo Vital (IMV) la ayuda que la sustituya, pero cumpliendo los requisitos de acceso del IMV (que en ocasiones son más severos que los de la antigua RAI).
Desde el SEPE se enviará una comunicación al trabajador desempleado por si está interesado en solicitar el IMV a través de la llamada “pasarela de transición al IMV”.
Si tampoco puedes solicitar el Ingreso Mínimo Vital por no cumplir los requisitos de esta ayuda, la siguiente opción es acudir a los Servicios Sociales de tu Ayuntamiento o Comunidad Autónoma para recibir asesoramiento e información sobre las Rentas de Inserción de las Comunidades Autónomas.
Asesor jurídico. Graduado en Derecho. Especialidad Derecho laboral y de la Seguridad Social. Miembro de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA). Gestor Administrativo colegiado (ICOGAM)

