Si se está cobrando el paro y se produce la paternidad o maternidad, hay que comunicarlo a la oficina de empleo, ya que generan derechos para el padre y la madre.
Cuando un trabajador en activo tiene un hijo, puede tener derecho a un permiso retribuido: la prestación por paternidad (en el caso del padre) o a la prestación por maternidad (en el caso de la madre).
Normalmente nos referimos a “tener un hijo”, ya que es la situación más habitual, pero en todo momento hay que tener en cuenta que los conceptos de paternidad y maternidad también surgen cuando hay una adopción o un acogimiento.
¿Hay algún derecho similar para los trabajadores que están cobrando el paro y tienen un hijo?
Los efectos de la paternidad o maternidad dependerán en primer lugar del tipo de paro que se esté cobrando: la prestación contributiva por desempleo (el paro que se cobra por haber cotizado al menos 360 o más días) o uno de los 8 tipos de subsidios por desempleo (ayuda asistencial por desempleo).
He tenido un hijo mientras cobro la prestación contributiva por desempleo
Cuando un trabajador o trabajadora están cobrando el paro normal (el que se genera cuando se tiene al menos un año de cotizaciones por desempleo) , en el momento en que se produzca la paternidad o maternidad es obligatorio comunicarlo a los Servicios de Empleo autonómicos y al estatal (SEPE).
Una vez que se ha informado, la prestación por desempleo queda suspendida, detenida, y el INSS se hará cargo del pago de la prestación por maternidad o paternidad.
Durante este periodo en que paga la Seguridad Social, el trabajador no tiene las obligaciones de demandante de empleo (acudir a cursos de formación obligatorios, sesiones de orientación laboral u ofertas de empleo obligatorias) y no se consume ningún día de los que quedaban por cobrar prestación contributiva.
Cuando se termine la prestación por maternidad o paternidad y se informe de nuevo al SEPE (hay 15 días hábiles de plazo), se podrá reanudar el cobro del paro, recuperando los días que quedaban por consumir y cobrando lo mismo que se cobraba antes.
Otra de las razones por las que es conveniente informar al Servicio de Empleo, es porque existen unos topes mínimos y máximos en las cantidades que se cobran de la prestación por desempleo, que se amplían en función de la existencia y número de hijos.
¿Cómo se realiza el trámite de informar al SEPE?
Las comunicaciones al SEPE sobre la situación de paternidad o maternidad se pueden hacer a través de las tres vías habituales: teléfono de información al ciudadano, sede electrónica o pidiendo cita previa para atención personalizada en las oficinas de empleo.
Hay que cumplimentar el “documento de comunicación de baja” y aportar la documentación que acredite que se ha producido la paternidad o maternidad (libro de familia,informes de maternidad, adopción, etc).
Recuerda que también es necesario informar al Servicio Autónomico de Empleo (que está en la misma oficina de empleo), para que durante este tiempo de paternidad o maternidad, se suspenda la demanda de empleo y sus obligaciones.
¿Y cómo se pide el pago la prestación de paternidad o maternidad al INSS?
Ya hemos comentado que durante los permisos de paternidad y maternidad, el trabajador en paro sigue cobrando, pero el pago no lo hace el SEPE, sino que lo abona la Seguridad Social (INSS).
Para ello, hay que acudir a una oficina del INSS pidiendo cita previa.
He tenido un hijo mientras cobro un subsidio por desempleo
En estas situaciones, el SEPE continuará pagando el subsidio por desempleo como si no se hubiera producido ningún cambio. Se mantiene la duración del subsidio, de modo que se siguen descontando los días que se cobran del total que quedaban pendientes.
Lo que si hay que hacer es informar al Servicio Autonómico de Empleo (el de cada Comunidad, SOC, Lanbide, Servef, Sexpe, SAE, etc) del nacimiento del hijo, su adopción o acogimiento, porque son estos servicios y no el SEPE los que controlan todo lo relativo a la demanda de empleo.
Aunque se va a continuar pagando el subsidio con normalidad, mientras dure el permiso de paternidad o maternidad, el desempleado queda liberado de sus obligaciones de acudir a cursos de formación, sesiones de orientación laboral, entrevistas o aceptar ofertas de empleo. Como sucede con los trabajadores, el permiso es un tiempo para estar con su hijo/a y familia.
Me denegaron un subsidio por desempleo por no tener cargas familiares y ahora si las tengo.
La paternidad o maternidad es un cambio importante de las condiciones personales del trabajador que está cobrando el paro o un subsidio por desempleo, de tal modo que conviene informar de ello al Servicio Público de Empleo. No solo para cobrar una prestación (en el caso de que se estuviera cobrando el paro contributivo), o para quedar liberado de las obligaciones del demandante de empleo (si se cobraba un subsidio), sino que este cambio de situación puede dar lugar al nacimiento de nuevos derechos.
Hay personas que, por ejemplo, pueden terminar de agotar su prestación contributiva y no poder pedir un subsidio por desempleo por no tener cargas familiares en ese momento. Sin embargo, hay un margen de un año de tiempo durante el cual se puede comunicar al SEPE el cambio de circunstancias personales. La paternidad o maternidad, cuando se producen, pueden dar lugar a solicitar un nuevo subsidio al que antes no se tenía derecho, o por ejemplo, aumentar el número de miembros de la unidad familiar y que con ello, no se supere el tope de rentas y se pueda solicitar antes una ayuda que antes fue denegada.
Ante estas situaciones, la recomendación es contactar primero con el teléfono de información del SEPE para plantear la situación y luego, si hay que realizar la comunicación formal y solicitud de un subsidio, pedir cita previa para la atención personalizada en la oficina de empleo.
Normativa e información adicional
Referencia legal: Real Decreto 295/2009, de 6 de marzo, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.
Expertos en prestaciones y Derecho laboral
Hemo tenido un hijo, estaba cobrando el desempleo, lo comunicamos al SEPE creyendo que ellos lo comunicaban al INSS, nos dijeron que estaba todo arreglado, ahora se me ha terminado el paro y no tengo la maternidad ni lo meses correspondientes por parte de INSS. Que puedo hacer.
Muchas gracias