¿Se te olvidó sellar el paro?

Comparte este artículo

Sellar la demanda de empleo (la tarjeta del paro) es obligatorio. Si no se hace, las sanciones pueden suponer un mes sin recibir la prestación o el subsidio y en determinados casos, la pérdida total de las ayudas

Explicamos el modo de presentar alegaciones y cuál es el procedimiento a seguir en caso de sanción.

¿Qué se puede hacer si te ha olvidado sellar el paro?

He olvidado renovar la demanda de empleo

Actualizado: 06/02/2024

Durante la crisis sanitaria, la mayor parte de los servicios autonómicos de empleo renovaron automáticamente la demanda de empleo, pero actualmente en todas las Comunidades Autónomas vuelve a ser obligatorio sellar la demanda de empleo.

Sellar el paro es obligatorio.  Si se te ha pasado el plazo, te damos estas recomendaciones:

Lo primero de todo, comprueba cuánto tiempo ha pasado desde el día en que tendrías que haber sellado.

  • Si estás en el mismo día de renovar, pero ya han cerrado las oficinas, puedes intentar sellar la tarjeta por Internet, siempre que tengas DNI electrónico, firma digital o bien te hayas dado previamente de alta como usuario con contraseña en la oficina de empleo. En algunas comunidades se puede sellar con los llamados “datos de contraste”, es decir, DNI, fecha de alta de la demanda, etc. En Canarias, Baleares y Navarra se puede sellar llamando por teléfono.
  • Si estás en el mismo día de sellar, pero lejos de tu oficina de empleo aunque en horario de oficina acude a cualquier oficina de empleo para sellar la demanda.  Posiblemente te preguntarán por el motivo por el que no sellas en tu oficina habitual, pero si por ejemplo te has desplazado para una entrevista de trabajo, no te pondrán problemas.  Recuerda que también puedes sellar por Internet durante las 24 h. del día de la renovación y que incluso a través de Internet, el sistema en ocasiones permite sellar también el día siguiente.
  • Si se te ha pasado el plazo por un sólo día o dos, acude inmediatamente a tu oficina de empleo. No lo dudes ni lo dejes pasar más tiempo, ve a la oficina a primera hora. No es necesario pedir cita previa, acude directamente, porque la renovación del paro no la gestiona el SEPE (el organismo estatal), sino el Servicio de Empleo de tu Comunidad Autónoma y son más flexibles en cuanto al acceso sin cita previa. No hay una regla escrita, pero sabemos que en algunos casos se ha podido sellar la demanda en su oficina al día siguiente. La competencia para imponer sanciones por esta razón es de los servicios de empleo de cada comunidad autónoma y hay diferencias entre unas y otras, con cierto grado de flexibilidad. Otra alternativa si se te ha pasado el plazo uno o dos días es intentar renovar por Internet. Muchos usuarios nos han confirmado que el sistema se lo ha permitido, emitiendo el justificante de renovación correcta hasta el próximo periodo.
  • Si el plazo se te ha pasado varios días posiblemente ya habrás recibido una carta certificada del servicio de empleo informándote de la sanción que te van a imponer. En el mismo escrito te indican la posibilidad de hacer alegaciones y tu prestación queda suspendida desde el día en que debiste sellar la demanda.  También a través de tu expediente online por Internet puedes comprobar si la demanda está dada de baja.
  • Si han pasado varios días y aún no has recibido la carta acude igualmente a tu oficina de empleo. Expón tu caso y haz las alegaciones que puedas para justificar que no hayas podido sellar.  La falta de renovación no pasa desapercibida, ya que el sistema está automatizado y si no se ha grabado en el sistema tu renovación, recibirás automáticamente en unos días la comunicación de apertura de procedimiento sancionador por infracción leve.

Otros artículos relacionados

Cómo redactar un escrito de alegaciones y reclamación previa ante una sanción por no sellar la demanda de empleo

Como presentar alegaciones o reclamación previa contra el SEPE

 

Cómo renovar la demanda de empleo por Internet

Cómo sellar el paro por Internet


Este artículo se publica simplificado, con carácter meramente informativo para el ciudadano y no tiene valor jurídico. Queda excluida cualquier responsabilidad o garantía por su vigencia, exactitud o integridad. Si necesita asesoramiento para un caso concreto, puede solicitar un dictamen jurídico a nuestros expertos a través de la sección de comentarios.


Deja un comentario

Algunas respuestas se envían directamente por email y no se publican en la web.  Recuerda que es obligatorio marcar la aceptación en la casilla de "política de privacidad y normas de comentarios".

Responsable de los datos: Gestión Técnica Digital | Finalidad: Moderación de comentarios y resolución de dudas | Los datos de contacto y contenido del mensaje pueden ser cedidos a un especialista para resolver la cuestión planteada, sin compromiso por ninguna de las partes. En cualquier momento podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y olvido |